CONVENIO COLECTIVO DEL PERIODO 2013-2015

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En la sede de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, aue despacha su Director Regional Dr. Aurelio Manuel Soto Barba, siendo las 9:00 a.m., del día 29 de abril de 2013, en presencia del Abogado - Conciliador de esta dependencia: Dr. Oswaldo Caballero Vildoso, se hizo presente de una parte la empresa VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A., representada por: JEAN PIERRE PADRON GIRALDO, con DNI N° 10263131, en calidad de Gerente de DHO, ROSA ROSSI SÁNCHEZ, con DNI N° 40271860, en calidad de Jefe de Relaciones Laborales, RAMIRO COELLO CRUZ, con DNI N° 07555766, en calidad de Apoderado, debidamente asesorados por la Abogada LIDIA VILCHEZ GARCÉS con DNI N° 41713882; y, de la otra parte el SINDICATO DE TRABAJADORES DE REFINERIA DE ZINC DE VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A. - SITRAZINC, representado por: JULIO ROBLES CORDERO, con DNI N° 06955598, en calidad de Secretario General, HUGO SÁNCHEZ TAPIA, con DNI N° 06647260, en calidad de Secretario de Economía, ABRAHAM GONZALES SIFUENTES, con DNI N° 09099534, en calidad de Secretario de Control y Disciplina, MANUEL MAZUELOS SABASTIZAGAL, con DNI N° 08398840 en calidad de Secretario de Organización, CONSTANCIO TORIBIO CHACÓN, con DNI N° 06859951, en calidad de Secretario de Organización, PERCY MECHÁN CHÁVEZ, con DNI N° 10109634, en calidad de Secretario de Defensa, EDUARDO ESPINOZA AGUIRRE con DNI N° 06657757, en calidad de Secretario Sub - General, PEDRO JORGE CAMPOS URPE, con DNI N° 06993492, en calidad de Secretario de Prensa, debidamente asesorados por el abogado SAUL GARCIA SANTIBÁÑEZ, con registro CAL N° 47305 y GIOVANNA MARTINEZ CHUNGA con DNI N° 25716962, en calidad de Asesora, quienes han sido convocados el día de hoy a reunión extraproceso.

Luego del análisis objetivo, las exposiciones de situación y amplias deliberaciones sobre los puntos señalados en el Pliego de Petitorio (periodos 2012-2013), las partes acordaron suscribir el presente Convenio Colectivo de Trabajo:

1 - REMUNERACIONES

1.1

Aumento General:

Votorantim Metais - Cajamarquilla S.A., conviene en otorgar aumentos generales de remuneraciones sobre los sueldos básicos mensuales de sus Trabajadores, incrementos que se precisan a continuación :

1.1.1.-Período 2013

A partir del 1ra de enero de 2013 v con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, la Empresa otorgará un aumento general equivalente a SI. 156.00 (Ciento cincuenta y seis y 001100 nuevos soles) mensuales, aplicable a la remuneración mensual básica vigente al 31 de diciembre de 2012.

1.1.2.–Periodo 2014

A partir del 1ro de enero de 2014 y con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, la Empresa otorgará un aumento general equivalente a SI. 162.00 (Ciento sesenta y dos y 001100 nuevos soles) mensuales, aplicable a la remuneración mensual básica vigente al 31 de diciembre de 2013.

1.1.3.- Periodo 2015

A partir del 1ro de enero de 2015 y con vigencia' hasta el 31 de diciembre de 2015, la Empresa otorgará un aumento general equivalente a SI 162.00, (Ciento sesenta y dos y 00/100 nuevos soles) mensuales, aplicable sobre la remuneración mensual básica vigente al 31 de diciembre de 2014.

1.2.

Estructura Salarial de la Empresa:

Dentro de su facultad exclusiva de organizar, dirigir, administrar y controlar sus actividades en el Centro de Trabajo, Votorantim Metais - Cajamarquilla S.A. cuenta con una metodología de Administración Salarial de primer orden (SISTEMA HAY), la misma que será reevaluada en lo concerniente a posibles distorsiones en las posiciones y valoraciones GS para el personal nuevo y/o ingresante. Concluido el primer semestre de 2013 se tendrán listos los resultados de esta reevaluacion.

Los trabajadores que ingresen a laborar en la Empresa dentro del período de vigencia del presente convenio, percibirán los aumentos pactados en el mismo, con la condición que a la fecha en que corresponda otorgarlos de acuerdo con lo señalado en el presente convenio, tengan más de tres meses de servicios para la Empresa y vínculo laboral vigente.

Si en el período anual, entre el 1ro de enero y hasta el 31 de diciembre de los años 2014 y 2015, comprendidos dentro de la vigencia de la presente convención, las condiciones macro- económicas del país cambian, haciendo que ocurra una inflación acumulada anual superior del 8%, la Empresa evaluará el efecto de esta inflación y adoptará las medidas que sean pertinentes para atenuar sus efectos.

Queda expresamente convenido que todas las condiciones acordadas en la presente Convención Colectiva, tendrán una vigencia de tres (3) años, no pudiendo ser cambiadas, desconocidas o modificadas unilateralmente por ninguna de la partes. De manera específica, las partes convienen en respetar las condiciones, términos y plazos pactados en lo referente al aumento general, el cual se regirá única y exclusivamente por las disposiciones pactadas en esta cláusula.

2.- ASIGNACIONES

2.1.-

Asignación Familiar

La Empresa continuará otorgando en las mismas condiciones a cada uno de sus Trabajadores, una asignación familiar mensual, a los familiares debidamente censados, quedando fijados de la siguiente forma:

Periodo 2013

-Esposa o Conviviente, SI. 28.00 (Veintiocho y 001100 Nuevos Soles) mensuales

-Por cada hijo (máximo 04 hijos), S/. 16.50 (Dieciséis y 501100 Nuevos Soles) mensuales

-Periodo 2014

-Esposa o Conviviente, S/. 28.50 (Veintiocho y 501100 Nuevos Soles) mensuales

-Porcada hijo (máximo 04 hijos), S/. 17.00 (Diecisiete y 001100 Nuevos Soles) mensuales

-Period 2015

-Esposa o Conviviente, SI. 29.00 (Veintinueve y 00/100 Nuevos Soles) mensuales

-Por cada hijo (máximo 04 hijos), S/. 17.50 (Diecisiete y 501100 Nuevos Soles) mensuales

2.2.-

Asignación Escolar Anual y Educación Superior.

La Empresa otorgará a cada uno de sus trabajadores, dentro de la primera quincena de febrero, por concepto de asignación escolar y educación superior, los siguientes beneficios: para el año 2013 la cantidad de SI. 315.00 (Trescientos quince y 001100 Nuevos Soles), para el año 2014 la cantidad de SI. 320.00 (Trescientos veinte y 00/100 Nuevos Soles), y para el año 2015 la suma de SI. 325.00 (Trescientos veinticinco y 00/100 Nuevos Soles); bajo las siguientes condiciones:

a) Asignación Escolar: Para los hijos debidamente censados y matriculados en educación inicial, primaria, secundaria, hasta los 18 años cumplidos, con un tope de cuatro hijos por trabajador. Para que proceda el pago de esta asignación, el trabajador deberá cumplir con presentar las constancias de matricula respectivas al año escolar correspondiente al pago. Asimismo, el hijo beneficiado deberá permanecer soltero y sin renta propia, según la política interna de la Empresa.

b) Educación Superior: Para los hijos que cursen educación superior en Universidades, o en Institutos Tecnológicos de Educación Superior, debidamente reconocidos por el Ministerio de Educación y en una carrera o especialidad que requiera uh mínimo de 03 años de estudios continuos. Esta asignación se pagará hasta que los hijos cumplan una edad de 22 años 11 meses y 28 días, y hasta un tope de 04 hijos.

3.- BONIFICACIONES

3.1

Bonificación por diferencial de turnos

La Empresa otorgará por este concepto y en las mismas condiciones pactadas, una bonificación que queda fijada de la siguiente forma:

AÑO 2013

Turno "B", la suma de S/.10.70 (Diezy 701100 Nuevos Soles), por jornada laborada en este turno.

Turno "C” la suma de S/.13.30 (Trece y 301100 Nuevos Soles), por jornada laborada en este turno.

Año 2014

-Turno "B", la suma de S/.10.80 (Diez y 801100 Nuevos Soles), por jornada laborada

en este turno.—

Turno "C", la suma de S/.13.40(Trece y 401100 Nuevos Soles), por jornada laborada en este turno.

Año 2015

Turno"B", la suma de S/.10.90 (Diez y 901100 Nuevos Soles),por jornada laborada en este turno.

Turno “C”, la suma de S/.13.40(Trece y 401100 Nuevos Soles), por jornada laborada en este turno

3.2

Bonificación por tiempo de Servicios

La Empresa continuara otorgando la bonificación por tiempo de servicios, en la misma forma y condiciones que se vienen otorgando a cada uno de sus trabajadores, es decir:

Por 05 años, 5% de la remuneración básica mensual.

Por 08 años, 8% de la remuneración básica mensual.

Por 10 años, 10% de la remuneración básica mensual.

Por 12 años, 12% de la remuneración básica mensual.

Por 15 años, 15% de la remuneración básica mensual, y Por 20 años, 20% de la remuneración básica mensual. 

3.3.

Bonificación por Domingo Trabajado en Turno Continuado

La Empresa otorgará una bonificación por domingo trabajado en turno continuado, en los mismas modalidades y condiciones pactados, esto es, ascendente al 100% de la remuneración básica diaria.

3.4

Bonificación por Día del Trabajo - 1ro de Mayo y Día del Minero

La Empresa continuará otorgando a cada uno de sus Trabajadores, las siguientes bonificaciones en las mismas condiciones pactadas:

Bonificación por 1ro de Mayo, dos (2) remuneraciones básicas diarias.

Bonificación por Día del Minero (5 de diciembre), tres (3) remuneraciones básicas diarias.

3.5

Bonificación por Feriado Laborado

La Empresa continuará otorgando a cada uno de sus trabajadores, independientemente de su jornal, dos (2) remuneraciones básicas diarias por laborar en día feriado programado.

3.6

Bonificación por Sobretiempo Tipo I y Tipo II

La Empresa continuará otorgando esta Bonificación por sobretiempos tipo I y tipo misma forma y condiciones establecidas.

4.- GRATIFICACIONES

La Empresa continuará otorgando las gratificaciones por Vacaciones, Fiestas Patrias y Navidad en la misma forma y oportunidades establecidas.

5.- CONDICIONES DE TRABAJO

5.1

Refrigerio Turnos "A", "B"

La Empresa continuará concediendo los refrigerios en los turnos "A, "B", en la misma forma que se vienen otorgando, es decir la Empresa asumirá el 80% del costo del refrigerio y el 20% del costo del refrigerio será por cuenta del trabajador descontándosele por planilla.

5.2

Refrigerio Turno “C”

La Empresa continuará otorgando este beneficio a cada trabajador que labore en este turno, el equivalente al 100%, del valor del refrigerio del turno "A".

La empresa otorgará servicio de café, más dos panes en este turno.

5.3

Ropa de Trabajo

La Empresa continuará otorgando en forma administrativa a cada uno de sus trabajadores la ropa de trabajo cuyas cantidades y condiciones de las mismas, se entregarán de acuerdo a la labor que efectúe cada trabajador.

Del mismo modo el área de Seguridad, determinará los lugares de trabajo donde sean necesarios el otorgamiento de dos polos de algodón.

5.4

Útiles de Aseo

La Empresa continuará otorgando administrativamente los Útiles de aseo a cada uno de sus trabajadores, en la forma, cantidad y condiciones que se viene otorgando, es decir:

En forma mensual.: dos jabones de tocador, un jabón carbólico, dos rollos de papel higiénico. En forma anual: una toalla grande.

6.- CONDICIONES SINDICALES

6.1

Licencia Sindical, SITRAZINC

La Empresa otorgará licencia sindical con goce de haberes a los dirigentes sindicales, siempre y cuando el permiso se solicite con la anticipación debida y por un total de 30 días hombre- mensuales, respetando su programa de turno.

6.2

Licencia Especial por Elaboración del Pliego de Reclamos, SITRAZINC

La Empresa otorgará este tipo de permiso, una vez al año y hasta 25 días- hombre con goce de haberes, a cinco miembros de la Comisión de Elaboración del Pliego de Reclamos, en la misma forma y condiciones pactadas, respetando su programa de turno.

6.3.

Licencia Especial por Comité Electoral, SITRAZINC

La Empresa otorgará permiso especial con goce de haberes a cinco trabajadores y hasta por 25 días- hombre por año, para la Comisión de Trabajadores que integren el Comité Electoral, respetando su programación de turno.

6.4.

Licencia Sindical Comisión Negociadora

La empresa conviene considerar como día de trabajo para efecto del pago de utilidades, las licencias sindicales utilizadas por la comisión negociadora, durante el plazo que dure la negociación colectiva y respetando su programa de turno.

'6.5.

Apoyo Económico a la Organización Sindical, SITRAZINC

La Empresa otorgará al Sindicato de Trabajadores como ayuda para el pago del alquiler del local sindical y gastos propios de la Organización, la cantidad de SI. 3,200.00 (Tres mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles) mensuales.

7.- CONDICIONES DE SALUD: Asistencia Médico Familiar

7.1.

Atención hospitalaria, intervención quirúrgica y sepelio a dependientes.

La Empresa continuará otorgando estos servicios y los descuentos que se originen por estos gastos, serán asumidos por la Empresa en un 80% y el 20% restante, correrá por cuenta del trabajador.

7.2

Atención Ambulatoria, Oftalmológica y Dental

La Empresa continuará otorgando este servicio y los descuentos que se originen por estos gastos, serán asumidos por la Empresa en un 50%, quedando el 50% restante por cuenta del trabajador. 

7.3

Sepelio del trabajador, por fallecimiento en accidente o muerte natural, el total del gasto será asumido por la empresa en las mismas condiciones establecidas.

8 - PRODUCTIVIDAD, PAZ Y ARMONIA LABORAL

La Empresa y los Trabajadores manifiestan su compromiso para continuar unidos en el logro de hacer de nuestra empresa Votorantin Metais - Cajamarquilla S.A., un Centro de Trabajo, altamente competitivo y exitoso, con personal correctamente capacitado y entrenado, comprometidos en los programas de Calidad y en la preservación de la Seguridad, la Salud, la Higiene y el Medio Ambiente, de modo que logremos ser una Refinería de Zinc bien ubicada en el contexto de las mejores refinerías que operan en el mundo, en reputación y rentabilidad.

Asimismo, seguirá siendo política de Votorantim Metais - Cajamarquilla S.A., continuar informando a las entidades representativas de los trabajadores, y a los trabajadores en general, de los avances, logros, contratiempos, éxitos de la gestión y de nuestras operaciones.

Trabajadores y Empresa hacen votos para reforzar las buenas relaciones laborales, y solucionar los problemas de índole laboral que puedan presentarse dentro de un marco de diálogo, respeto, comprensión y equidad.

La Empresa ratifica su interés en seguir contando con la reconocida experiencia del personal que labora en el centro laboral apoyando su línea de carrera, para lo cual intensificará sus programas de capacitación los mismos que tienen carácter de obligatorios, por lo que es importante que todos los trabajadores se identifiquen con los objetivos de la Empresa y se comprometan a participar activamente en ellos.

La empresa se declara respetuosa del marco legal y del mismo modo señala que no tiene intención de realizar despidos y medidas ilegales.

9. CONDICIONES ESPECIALES:

9.1.

Postulación a posiciones vacantes: la Empresa conviene en que dentro del proceso de reclutamiento y selección de personal participarán los hijos de los trabajadores, no obstante, el Ingreso para ocupar las vacantes se realizará respetando escrupulosamente la capacidad, perfil y calificaciones requeridas para el puesto.

10. VIGENCIA Y AMBITO

Vigencia.-La Presente Convención Colectiva de Trabajo rige a partir del 1" de Enero de 2013 y caduca de modo automático el 31 de diciembre del 2015, tres (3) años; siendo los siguientes beneficios los de carácter de permanentes:

Aumento general, Asignación Familiar, Asignación Escolar, Bonificación por Diferencial de Turno, Bonificación por tiempo de servicios, Bonificación por Sobretiempo: Tipo I y Tipo II, Bonificación por domingo trabajado en turno continuado, Bonificación por Día del Trabajo - 1ro de Mayo, Bonificación por Día del Minero, Bonificación por Feriado Laborado, Gratificaciones y Refrigerios "A", “B” y “C”.

Ámbito.-apresente Convención Colectiva de Trabajo alcanza a todos los Trabajadores, comprendidos dentro del ámbito de representación de la Organización Sindical que la suscribe. 

11 - APLICACION DE LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONVENIO

Las Cláusulas y condiciones que contiene la presente Convención Colectiva de Trabajo constituyen la totalidad de la normativa vigente que regula las Relaciones Laborales de la Organización Sindical con la Empresa Votorantim Metáis - Cajamarquilla S.A., quedando sin efecto todos los acuerdos y convenios anteriores.

Con los acuerdos que anteceden se da por solucionado en forma total y definitiva el pliego de redamos presentado por el Sindicato de Trabajadores de Refinería de Zinc de Votorantim Metáis - Cajamarquilla S.A., SITRAZINC, Expediente NO.145199-2012-MTPE/1/20.21, correspondiente a los períodos 2013, 2014, y, 2015.

Finalmente, las partes agradecen la intervención de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, quien a través de su intervención ha permitido la suscripción de la presente Convención Colectiva.

Siendo las 4:30 p.m del día 29 de abril de 2013, se levanta el presente Convenio Colectivo, el mismo que es suscrita por los asistentes en señal de plena conformidad.

POR LA EMPRESA

Jean Pierre Padron Giraldo

DNI 102263131

Gerente de DHO

Rosa Rossi Sanchez

DNI 40271860

Jefe de Relaciones Laborales

Ramiro Coello Cruz

DNI 07555766

Apoderado

Lidia Vilchez Garces

DNI 41713882

Abogada

POR EL SINDICATO

Julio Robies Cordero

Secretario General

Hugo Sánchez Tapia

DNI N° 06647260

Secretario de Economía

Abraham Gonzales Sifuentes

Secretario de Organizacion

Constancio Toribio Chacon

Secretario de Organizacion

Oswaldo Vadoso

Registro

Constancio Tioribio Chacón DNI N° 06859951 Secretario de Organización

PercvChávez

DNI N° 10109634 Secretario de defensa

Eduardo Espinoza Aquirre DNI N° 06657757 Secretario Sub - General

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Pedro Jdrge Campes Urpe

DNI N° 06993492 Secretario de Prensa

Saúl ,.0Sarcía Santibáñez CAL N° 47305 Abogado

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Giovánna Martínez^Chunga DNI N° 25716962 Asesora

PER Votorantim Metais - Cajamarquilla S.A. - 2013

Fecha de inicio: → 2013-01-01
Fecha de término: → 2015-12-31
Ratificado por: → Ministry
Ratificado en: → 2013-04-29
Nombre de la industria: → Industria manufacturera
Nombre de la industria: → Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones  
Sector público o privado: → En el sector privado
Concluido por:
Nombre de la compañía: →  Votorantim Metais - Cajamarquilla S.A.
Nombres de los sindicatos: →  Sitrazinc - Sindicato de Trabajadores de Refineria de Zinc de Votorantim Metais - Cajamarquilla S.A. - Sitrazinc

CAPACITACIÓN

Programas de capacitación: → Sí
Aprendizajes: → No
El empleador contribuye al fondo para capacitación del trabajador: → No

HORAS DE TRABAJO, HORARIOS Y DIAS FESTIVOS

Días de treabajo por semana: → 6.0
Periodos acordados de descansos semanales: → Sí
Máximo número de domingos / festivos que pueden trabajarse en un año: → 
Disposiciones sobre horarios de trabajo flexible: → 

SALARIOS

Salarios determinados por medio de escalas de pago: → No
Ajuste por aumento de costo de vida: → 0

Incremento salarial:

Incremento salarial: → PEN 162.0
Incremento salarial inicia: → 2014-01

Pago extra único:

Pago extra único por desempeño de la compañía: → Sí

Prima por trabajo en Domingo:

Prima por trabajo en Domingo: → 100 %

Vales de alimenos:

Prestaciones alimentarias proporcionadas: → No
Asistencia legal gratuita: → 
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