Compensación y tiempo de trabajo

This page was last updated on: 2024-05-05

Compensación por horas extras

De acuerdo con el Código del Trabajo, las horas de trabajo normales son 8 horas diarias y 48 horas por semana. Las horas de trabajo son horas en la que el trabajador está a la disposición del empleador. El total de horas trabajadas (normal + horas extra) no puede exceder de 12 horas al día. Todo el trabajo desempeñado fuera de los límites provistos por la ley o el acuerdo entra las partes es considerado horas extra y debe ser devengado como tal. Si un trabajador trabaja más allá de sus horas estipuladas de trabajo, p.ej. 8 horas al día y 48 horas a la semana, tiene derecho a el pago de horas extra del 150% de la tarifa por hora normal.

Los trabajadores no deben realizar horas extraordinarias en condiciones de trabajo peligrosas e insalubres. Cuando el trabajo es insalubre o peligroso, el límite de 8 horas puede ser extendido por acuerdo entre el trabajador y el empleador hasta por 2 horas, siempre que el tiempo de trabajo semanal no exceda el límite de 48 horas (en el límite actual es de 44 horas). A excepción de aquellos trabajadores que no están sujetos a las limitaciones de tiempo de trabajo (estos incluyen a los empleados que no están sujetos a la supervisión directa; supervisores; empleados que sólo se requiere su presencia; empleados que realizan su trabajo fuera del lugar de trabajo, por ejemplo comisionistas, y otros trabajadores que, debido a la naturaleza de su trabajo, no pueden estar sujetos al límite) las horas de trabajo efectivo durante el día no pueden exceder el 44 por semana, lo que equivale a 48 horas exclusivamente para fines de pago. Para los trabajadores nocturnos y los trabajadores en horarios mixtos, las horas de trabajo diarias y semanales son 6 horas / 7 horas y 36 horas / 42 horas, respectivamente

Las horas de trabajo ordinarias pueden programarse para realizarse en horas consecutivas o divididas en uno o más períodos con intervalos de descanso de acuerdo a la naturaleza del trabajo y necesidades del trabajador.

Fuente: §116, 121 & 122 del Código del Trabajo 2017; Acuerdo Gubernativo Numero 388-2010

Compensación por trabajo nocturno

El trabajo realizado entre las 18:00 (6:00p.m.) y 06:00 del siguiente día se considera trabajo nocturno. No existe provisión en el Código del Trabajo que exija al empleador pagar un salario más alto por trabajo nocturno. Las horas de trabajo semanales para trabajadores nocturnos no pueden exceder las 36 horas semanales (6 horas diarias). Para trabajadores en horario mixto de día y de noche, las horas de trabajo no pueden exceder de 42 horas por semana (7 horas por día).

Fuente: §116-117 del Código del Trabajo 2017

Días de descanso compensatorios

No existe previsión en la ley que exija al empleador proveer días de descanso compensatorios a aquellos trabajadores que trabajen durante un día de descanso semanal o un día festivo.

Fines de semana / Días compensatorios

Es posible que se requiera que los trabajadores laboren en días de descanso y días festivos oficiales.. Las horas trabajadas en el día de descanso semanal y días festivos oficiales se consideran horas extraordinarias y se pagan con una prima del 150% de la tasa normal de salario por hora, que es el importe total de las cuotas ordinarias y extraordinarias de la última semana o los últimos 15 o 30 días, dependiendo si los salarios se pagan por quincena o por mes.

Fuente: §128 & 129 del Código del Trabajo 2017

Regulaciones sobre compensación

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