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2024-05-05
Salario
De conformidad con el Código del Trabajo, el trabajador tiene derecho a una licencia por enfermedad de hasta 180 días (6 meses) en el caso de alguna enfermedad no ocupacional. La Ley del Trabajo establece la licencia por enfermedad remunerada de la siguiente manera:
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2/3 (66,67%) de los salarios durante los primeros 90 días de licencia por enfermedad, y
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1/2 (50%) de los salarios por el tiempo restante de licencia por enfermedad.
El sistema de salud es responsable del pago durante la licencia por enfermedad no ocupacional. Los beneficios se pagan a través del sistema estatal de seguridad social financiado a través de las contribuciones de los trabajadores (4% de los ingresos mensuales) y del empleador (8,5% de la nómina). El Gobierno también financia el programa para personas de bajos ingresos contribuyendo al Fondo de Solidaridad y Garantía.
Fuente: Art. 227 a 228 del Código del Trabajo de 1950 de 1950, modificado en 2021
Atención médica
Las prestaciones médicas están disponibles para los trabajadores asegurados y estas incluyen la atención médica general, atención especializada, medicamentos, hospitalización, atención de maternidad y el transporte. La Ley Estatutaria no. 1751, del 16 de febrero del 2015, garantiza el derecho fundamental a la salud, regula y establece mecanismos para la protección de este derecho. Los servicios de salud son proporcionados por las empresas sociales estatales y las instituciones privadas de salud.
Fuente: Art. 1 de la Ley 776 de 2002
Estabilidad laboral
El empleo de un trabajador es seguro durante el período de licencia por enfermedad, es decir, seis meses. Un empleador puede despedir al trabajador que esté de licencia por enfermedad por más de 6 meses y no pueda reincorporarse al final de este período.
Fuente: Art. 63 del Código del Trabajo de 1950, modificado en 2021
Regulaciones sobre licencia por enfermedad
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Código del Trabajo, 1951, modificado en 2011 / Labour Code (Codigo del Trabajo), 1950, amended in 2011
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Ley 776 de 2002 (promulgación de normas sobre el Sistema General de Riesgos Profesionales) / Law 776 of 2002 (Enacting rules on General System of Occupational Hazards)