Protección

This page was last updated on: 2023-06-14

Trabajo peligroso

La trabajadora embarazada no está autorizada en efectuar tareas que puedan exponerla a ella o a su bebé a cualquier riesgo. También se requiere del empleador que le asigne a la trabajadora embarazada tareas que no pongan en peligro su salud o la del embrión o feto. Un empleador puede transferir a la empleada embarazada a cualquier otro trabajo conveniente siempre y cuando ella quede en la misma categoría profesional.

Fuente: §1-9 del Decreto Supremo Nº 009-2004-TR

Protección contra despidos

De conformidad con la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, una trabajadora no puede ser despedida durante el período de su embarazo o de su licencia de maternidad (90 días después del parto). Cualquier tipo de despido a causa del embarazo se considera nulo y sin efecto.

Una nueva ley (N° 30709), promulgada en 2017, prohíbe a los empleadores despedir o no renovar el contrato de trabajo por motivos relacionados con la condición de que las trabajadoras estén embarazadas o amamantando. Las nuevas disposiciones entran en vigencia a partir de julio de 2019.

El despido por las siguientes causas es nulo y sin valor: embarazo, parto y sus consecuencias o lactancia, si el despido ocurre en cualquier momento durante el período de gestación o dentro de los 90 (noventa) días posteriores al parto, es nulo y sin efecto. Se presume que el despido se produce por motivo de embarazo, parto y sus consecuencias o lactancia si el empleador no acredita en estos casos la existencia de una justa causa de despido. Según una enmienda de 2021, las protecciones anteriores ahora se aplican a los trabajadores en período de prueba y a los trabajadores a tiempo parcial. Además, el empleador debe haber sido notificado del embarazo a través de un certificado médico. Sin embargo, la prohibición anterior no menoscaba el derecho del empleador a despedir por una causa justa.

Fuente: §29(e) de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Nº 728; Ley N ° 30709

Derecho a regresar a la misma posición

No hay ninguna disposición específica en la legislación laboral en relación con el derecho de una trabajadora a regresar a la misma posición después de que haga uso de su licencia de maternidad. Sin embargo, se menciona que una trabajadora no puede ser despedida y que su empleo está seguro durante la vigencia de su permiso de maternidad, lo que significa que el derecho de volver al trabajo está garantizado implícitamente bajo la ley.

Fuente: §29(e) de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Nº 728

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