Empleo para jóvenes y estudiantes

Empleo para jóvenes y estudiantes. Contrato de aprendizaje. Derechos laborales.

El mercado laboral para los jóvenes en Chile es complejo. Al salir a la búsqueda de empleos se encuentran con trabajos inestables, sin protección laboral y con bajos salarios. Así se desprende de un reciente estudio de Corporación Genera, que señala que la tasa de desempleo juvenil en Chile es 3,2 veces más alta que la tasa de los adultos y el sueldo promedio para el rango etario que va de los 15 a 29 años tiene una diferencia de casi 100 mil pesos con el salario promedio de la población general. Además, un 79% de los jóvenes percibe que los empleadores no respetan sus derechos laborales.

En el Código de Trabajo se establece la regulación para el empleo de jóvenes y estudiantes (título II, capítulo I “Del trabajo de aprendizaje”)

¿Qué es el contrato de aprendizaje?

Contrato de trabajo de aprendizaje es la convención en virtud de la cual un empleador se obliga a impartir a un aprendiz, por sí o a través de un tercero, en un tiempo y en condiciones determinados, los conocimientos y habilidades de un oficio calificado, según un programa establecido, y el aprendiz a cumplirlo y a trabajar mediante una remuneración convenida.

¿Quiénes pueden acceder a este tipo de contratos?

Sólo podrán celebrar contrato de aprendizaje los trabajadores menores de veintiún años de edad.

¿Cómo se define el salario?

La remuneración del aprendiz es libremente convenida por las partes. En ningún caso las remuneraciones de los aprendices pueden ser reguladas a través de convenios o contratos colectivos o fallos arbitrales recaídos en una negociación colectiva.

¿Qué duración máxima tienen los contratos de aprendizaje?

Su  vigencia es hasta la terminación del plan de aprendizaje, el cual no podrá exceder los dos años.

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