La reforma previsional

Toda la información sobre la reforma previsional de 2008.

 

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El  1° de julio de 2008 entró en vigencia la reforma del sistema previsional. Los cambios institucionales más importantes son la transformación del INP en dos instituciones autónomas, con patrimonio propio: el Instituto de Previsión Social, dedicado específicamente a pensiones, y el Instituto de Seguridad Laboral, entidad normativa y fiscalizadora en materias de protección del trabajador, calificación de riesgos, educación preventiva, etc. Asimismo, tanto esas entidades como las AFP deberán mejorar la calidad de la atención, para lo cual se programó la instalación de 50 centros (25 en pleno funcionamiento este año) que estén dotados de alta tecnología, capaces de dar respuesta inmediata a los usuarios sobre su historia previsional y las condiciones de accesibilidad a los beneficios. 

Aporte previsional solidario
Si usted ha cotizado y al 1° de julio recibía una pensión inferior a los $ 255.000, ésta se incrementará con el aporte previsional solidario desde este año hasta el 2012. Lo que recibirá finalmente ese año dependerá de cuánto tenga al 1° de julio de 2008 en sus fondos previsionales. Es decir, el que tiene como fondo base 10 mil pesos al 2012 va a recibir 82 mil pesos de pensión, mientras que el que tenga más de 70 mil en sus fondos recibirá más de 200 mil. La idea es incentivar también al ahorro. 

Pensión básica solidaria de vejez  

  • -Si tiene más de 65 años, no ha cotizado nunca y su grupo familiar se ubica en el 40% con menores recursos (según la ficha de protección social), a partir del 1° de julio, deberá concurrir a la municipalidad para verificar su ficha y luego inscribirse en el nuevo Instituto de Previsión Social (IPS) para solicitar la pensión básica solidaria.
  • -El derecho rige a partir de la solicitud y se pierde por cambio de condición social o por no cobrar el beneficio en seis meses.
  • -Si usted tiene más de 65 años, no ha cotizado nunca, pertenece al 40% más pobre y tiene una pensión asistencial, tendrá asegurada su PBS y desde el 1° de julio, le llegará en su pago (*)

(*) Desde el 2009 los beneficiaros deberán acreditar pertenecer al 60% más pobre.

¿Cuánto va a recibir en ambos casos?

  • Julio de 2008 a junio de 2009: $ 60.000
  • Julio de 2009 a junio de 2010: $ 75.000
  • Julio de 2010 a junio de 2011: $ 75.000 reajustado en 100% IPC
  • Julio de 2011 a junio de 2012: El monto anterior más 100% IPC, hasta cubrir al 60% de la población con menores recursos.

 

Pensión Básica Solidaria de Invalidez

- Si ya tenía pensión de invalidez, pasa automáticamente al nuevo régimen, sin necesidad de volverse a inscribir.


Pensión Básica Solidaria de Invalidez

  • - Si Ud. es declarado inválido por las comisiones médicas, no tiene derecho a pensión en ninguno de los regímenes actuales y tiene entre 18 y 65 años, debe certificar su condición ante las comisiones médicas de la Superintendencia de Pensiones y luego inscribirse en el nuevo IPS.

 

  • - También son beneficiarios los pensionados por gracia, exonerados políticos, pensionados de las leyes Rettig y Valech, que sólo gocen de ese beneficio. En este caso tienen derecho a un porcentaje de la PBS de invalidez si esta última es de un monto superior a la primera.(·)

 
Bono por hijo nacido

  • 1° de julio de 2009: El Estado beneficiará a las madres que se pensionen desde esta fecha, con aproximadamente $ 250.000 en su cuenta previsional por cada hijo nacido vivo o adoptado hasta entonces. La cifra se reajustará de ahí en adelante sólo según IPC.
  • Después del 1° de julio de 2009: El mismo bono cercano a los $ 250.000 se entregará por cada hijo nacido vivo después de esa fecha, reajustado según la rentabilidad promedio que tenga el fondo C, desde la fecha en que nació cada hijo hasta que la mujer cumpla los 65 años.


Pensión de sobrevivencia


(Para los hombres)

Al morir la mujer será beneficiario de esta pensión el cónyuge y el padre de hijo de filiación no matrimonial que demuestre haber vivido a expensas de su pareja.

Fondo de Educación Provisional


Tendrá carácter concursable y la obligación de que un 60% de los recursos debe estar destinado a proyectos educativos sobre la reforma en regiones.

Fuente: La Nación

 

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