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18/12/24- Navidad y Año Nuevo: norma laboral para trabajadores exceptuados de feriados irrenunciables. Quienes trabajen en el comercio deben estar fuera de los locales a las 20 hs del 24 y hasta las 6 hs del jueves 26, y de igual manera el 31 y el 1/1. Están exceptuados de los feriados obligatorios e irrenunciables: Restaurantes, establecimientos de entretenimiento, locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos. casinos de juego y otros lugares de juegos legalmente autorizados, expendios de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias con turnos fijados por la autoridad sanitaria y tiendas de conveniencia adosadas a servicentros que vendan alimentos preparados en el lugar.

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