Trabajo Forzoso

This page was last updated on: 2023-06-18

Prohibición de trabajo forzoso y obligatorio

El artículo 9 de la Constitución y el artículo 13 del Código del Trabajo prohíben el trabajo forzado / obligatorio. En conformidad con el Código del Trabajo, el trabajo forzado es todo trabajo o servicio exigido bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual el trabajador no se ha ofrecido voluntariamente.

Fuente: §09 de la Constitución de El Salvador; §13 del Código de Trabajo 1972

Libertad de cambiar de trabajo y derecho a renunciar

Los trabajadores tienen derecho a cambiar de trabajo. Para obtener más información sobre esto, por favor consulte la sección sobre seguridad en el empleo.

Fuente: §26 del Código de Trabajo 1972

Inhumane Working Conditions

El tiempo de trabajo puede extenderse más allá de las horas normales de trabajo de cuarenta y cuatro horas semanales y ocho horas diarias. Los trabajadores pueden ser obligados a trabajar horas extras de vez en cuando en caso que surjan, circunstancias especiales o imprevistas necesarias que así lo exijan. Si un trabajador trabaja más allá de las horas de trabajo estipuladas, él / ella tiene derecho a un pago de horas extras.

Para más información sobre esto, por favor consulte la sección sobre compensación.

Fuente: §161 & 176 del Código del Trabajo, 1972

Regulaciones sobre trabajo forzoso

  • Decreto núm. 15 de 1972, Código de Trabajo / Labour Code 1972
  • Decreto núm. 38 de 1983, Constitución de la República de El Salvador / The Constitution of El Salvador, 1983 (Decree No. 38)
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