Ley de lactancia materna en El Salvador. Protección a la lactancia materna en el trabajo.

This page was last updated on: 2023-06-18

Ley de lactancia materna en El Salvador. Protección a la lactancia materna en el trabajo.

Las trabajadoras tienen derecho a interrupciones pagadas para la lactancia, de una duración de una hora, para que las nuevas madres puedan amamantar a su hijo(a) hasta que el niño(a) tenga seis (06) meses de edad. Estas interrupciones pueden dividirse en dos descansos de 30 minutos, si así lo solicita la trabajadora. El tiempo de interrupciones para la lactancia se considera como tiempo de trabajo. La Constitución también requiere que los empleadores mantengan guarderías para el cuidado de los hijos de los trabajadores.

La Ley Especial de 2019 para la Regulación y Establecimiento de Guarderías para Hijos de Trabajadores regula el establecimiento de guarderías (cunas /salas de cunas) para los hijos de trabajadores menores de tres años. La ley se aplica únicamente a las empresas que tienen más de 100 trabajadores. Estas guarderías infantiles pueden establecerse fuera de la empresa y algunos empleadores también pueden establecer juntas una guardería. También se puede adjudicar un contrato a una guardería ya establecida. Sin embargo, en todos estos casos, la guardería debe estar en la misma zona geográfica que la empresa.

Fuente: §43 de la Constitución de El Salvador; §35 del Decreto Nº 404; Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los Hijos de los Trabajadores 2019

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