En Paraguay el 34,9 por ciento de la Población Económicamente Activa es cuentapropista y un 12 por ciento desempeña trabajos domésticos no remunerados. Quienes más se vuelcan a esta opción laboral son mujeres, jóvenes y trabajadores rurales.
Por ejemplo, el informe "Situación laboral de los jóvenes según departamento" elaborado por técnicos del Observatorio Laboral de la DGE, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT), indica que muchos jóvenes se vuelcan al trabajo independiente. En este segmento un 16,6% trabaja por cuenta propia y un 15,7% entra dentro de los trabajadores familiares no remunerados.
Autónomos y seguridad social
Todavía falta mucho para que los trabajadores independientes tengan los mismos derechos laborales que los empleados en relación de dependencia, ya que en Paraguay no existe cobertura del trabajo autónomo en el Sistema de Seguridad Social.
Si bien la Constitución de 1992 dispone que “se promoverá la extensión del Seguro Social a todos los sectores de la población” (art 95), recién en 2012 se aprobó una ley para que el trabajador independiente pueda acceder al sistema jubilatorio del Instituto de Previsión Social (IPS), a través del aporte voluntario. Sin embargo, aún no tienen acceso a la cobertura médica.
Con esta ley, los “cuentapropistas” que se conviertan en aportantes del Fondo de Jubilaciones del IPS tendrán los mismos beneficios que los demás asegurados, como el derecho a la pensión por invalidez por accidente laboral o común, pensión por viudez, pensión a los padres e indemnización a familiares que le sobrevivan al aportante fallecido.
Por otra parte, la ley vigente de Seguro Social también contempla un seguro optativo en riesgos de trabajo, enfermedad y maternidad de los trabajadores independientes (Decreto Ley 1860/50).
Además, está aprobado, pero no reglamentado, un seguro voluntario de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales.